6. Consejo de expertos

El Consejo de Expertos es un organismo asesor en materias de protección especializada, creado por la Ley N°21.302. Entre las diversas funciones establecidas en el artículo 9, destacan las siguientes:

  • Asesorar al Servicio en materia de protección especializada.
  • Generar recomendaciones al Servicio sobre la oferta programática del mismo y evaluar las propuestas que envíen los directores regionales para igual efecto.
  • Sugerir al Servicio un nombre para cada programa de intervención, que sea simple, claro y entendible por todos, en especial por los propios niños, niñas y adolescentes y sus familias, evitando el uso de siglas.
  • Asesorar al Servicio en la elaboración de la normativa técnica de cada programa de protección especializada, asegurándose que contengan una descripción clara y específica de las distintas prestaciones que han de entregarse a los niños, niñas y adolescentes y a sus familias en cada uno de ellos, la duración mínima que deban tener para ser efectivas, los elementos técnicos, pruebas y métodos que han de emplearse, y la cualificación que han de tener quienes las ejecuten.
  • Explicar, en formatos claros y entendibles para cualquier persona, lo que significa cada programa de protección especializada, así como las prestaciones y derechos que corresponden en cada uno de ellos a los niños, niñas y adolescentes y a sus familias. El Consejo deberá remitir tales informativos al Servicio, al Poder Judicial y a los colaboradores acreditados, a fin de que se encuentren disponibles en sus respectivas páginas web y en formato escrito para personas analfabetas digitales.
  • Asesorar al Servicio en la determinación y actualización de los perfiles de los cargos del mismo, y de los requisitos profesionales y de especialidad de quienes trabajarán en contacto directo con los niños, niñas y adolescentes tanto en el mismo Servicio como en los colaboradores acreditados.
  • Aprobar o rechazar la propuesta de acreditación realizada por el Servicio, basándose en los estándares de acreditación que el Ministerio de Desarrollo Social y Familia deberá fijar en un reglamento, conforme lo disponen el artículo 3 ter de la ley N° 20.530 y la ley N° 20.032, que regula el régimen de aportes financieros del Estado a los colaboradores acreditados.
  • Aprobar o rechazar la administración provisional propuesta por el Director Regional respectivo, a que se refiere el artículo 49.
  • Aprobar o rechazar la designación y/o renovación del administrador provisional o de cierre, según corresponda, propuesta por el Director Regional respectivo.
  • Conocer los resultados de las auditorías externas que se le realicen a la oferta programática especializada ejecutada directamente por el Servicio, en virtud del artículo 39 de la presente ley.

Éste sesiona todas las veces que sea necesario para el cumplimiento oportuno y eficiente de sus funciones, debiendo celebrar sesiones ordinarias a lo menos una vez cada dos meses, con un máximo de doce sesiones pagadas por cada año calendario, y un máximo de cuatro sesiones extraordinarias pagadas por cada año calendario. Durante los dos primeros años calendario de funcionamiento del Consejo, éste puede celebrar hasta un total de ocho sesiones extraordinarias pagadas por cada anualidad, según lo establecido en el artículo quinto transitorio de la Ley N° 21.302.

Integrantes del Consejo Asesor:

El Consejo se conforma por cinco miembros expertos en las áreas ligadas a la niñez (un/a abogado/a, un/a profesional de la educación, además de dos profesionales del área de la salud y un/a profesional del área económica o de administración) que cuenten con experiencia y reconocida trayectoria en el área de su competencia.

Actualmente, uno de los cargos de consejero/a experto/a en el área de la salud, específicamente de especialidad médico psiquiatra infanto-juvenil está vacante.

Roxana Espinoza Guzmán: Consejera experta del área de educación Profesora en educación religiosa del Instituto Profesional Hogar Catequístico de la Universidad Católica y magíster en Gestión y Dirección Educacional de la Universidad Alberto Hurtado. Se ha desempeñado como docente en diversos establecimientos educacionales, además de ser directora del área de pastoral educativa de la Arquidiócesis de Santiago y directora de los colegios Bicentenario Victoria Prieto y Santo Cura de Ars, ambos pertenecientes a la Corporación Educacional del Arzobispado de Santiago. Actualmente, ejerce como fundadora y directora de AMAEDUCAR, Escuela libre.

María Carolina Velasco Hodgson: Consejera experta del área de las ciencias de la salud Psicóloga infanto-juvenil, Master Social Work (Becaria Fulbright) y candidata a doctora en Salud Pública. Actualmente es psicóloga en consulta privada y profesora en las escuelas de Trabajo Social y Psicología de la Pontificia Universidad Católica de Chile. También, forma parte del Consejo de Prevención y Apoyo a Víctimas de Violencia Sexual UC, es miembro del Child Parent Psychotherapy consultation for Spanish providers y Afiliada Individual de National Child Traumatic Stress Network (EE.UU.).

Juan Paulo Sánchez Errázuriz: Consejero experto del área económica o de administración Ingeniero civil industrial de la Pontificia Universidad Católica de Chile y profesor de Educación General Básica de la Universidad Finis Terrae. Actualmente trabaja como asesor independiente en diferentes proyectos. De manera previa fue director del Colegio CREE de Cerro Navia, gerente de proyectos de la Fundación Mustakis y director de la Fundación Impulso Docente, entre otras responsabilidades.

Paula Margotta Meneses: Consejera abogada experta en materia de protección de derechos de niños, niñas y adolescente. Abogada de la Universidad de Chile y máster en Políticas Sociales y Desarrollo de London School of Economics and Political Science. Su experiencia comprende el desarrollo de políticas sociales con enfoque de derechos, realizando estudios y consultorías sobre diseño y evaluación de programas, especialmente en protección social y especializada en niñez y juventud. Actualmente, es Jefa de Proyectos del Centro de Estudios de Primera Infancia y ejerce libremente la profesión como asesora jurídica en temas de convivencia en contextos educativos en educación parvularia y escolar.

Sebastián González: Representante de Hacienda. Asesor en la Coordinación de Políticas Sociales del Ministerio de Hacienda.

Gabriela Muñoz: Directora Nacional del Servicio Nacional de Protección Especializado a la Niñez y Adolescencia.

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